Tal y como anunció la semana pasada la ministra de Sanidad, Ana Mato, la reforma sanitaria supondría la unificación de la cartera suplementaria de servicios, por la que hasta ahora cada ciudadano pagaba en función de lo estipulado en su comunidad autónoma. Ahora, el pago por el transporte sanitario no urgente o las prestaciones ortoprotésicas -que incluyen férulas o muletas, pero no prótesis de cadera y similares- será igual en todo el país.
Estas reformas, publicadas en el BOE con unos días de retraso por 'motivos técnicos', según el Ministerio, indican que la cartera común suplementaria "incluye todas aquellas prestaciones cuya provisión se realiza mediante dispensación ambulatoria". Entre ellas se encuentran las prestaciones farmacéutica, ortoprotésica y de productos dietéticos, que estarán sujetas a la aportación del usuario siguiendo "las mismas normas" que las anunciadas para los medicamentos días atrás.
Es decir, aquéllos con rentas superiores a 100.000 euros aportarán el 60%, los que ingresen entre 18.000 y 100.000, el 50%, y un 10% para los pensionistas. Los ciudadanos que no pertenezcan a ninguno de estos grupos, seguirán aportando el 40% del precio, como sucedía hasta ahora.
Todas estas prestaciones ya contaban con la aportación del usuario antes de las reformas introducidas por el Gobierno, pero ésta dependía de cada Comunidad Autónoma. En Andalucía, por ejemplo, las medidas ortoprotésicas incluían "las prótesis externas, ortesis y vehículos para inválidos y otros artículos comprendidos en el Catálogo general de ortoprótesis" y los residentes en dicha comunidad no debían abonar importe alguno por ellas. En otras regiones, los ciudadanos debían pagar un porcentaje del precio total.
La cartera de servicios comunes de prestación ortoprotésica, regulada hasta ahora por el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, recogía una seria de mínimos entre los que figuraban "los implantes quirúrgicos, las prótesis externas, las sillas de ruedas, las ortesis y las ortoprótesis especiales".
La nueva normativa no afecta al pago de todas ellas sino exclusivamente a las que se dispensan en el ámbito ambulatorio, según recoge la reforma. Se trata pues de dispositivos como "las férulas o las muletas" y no de "las prótesis de cadera", según fuentes del Ministerio de Sanidad.
Sin embargo, el catálogo final aún no ha sido aprobado, tal y como indica el Artículo 8 ter. del Real Decreto-ley. Para la definición final, según explicó Ana Mato hace unos días, el Ministerio y las Comunidades Autónomas cuentan con dos meses.
Lo mismo sucede con las prestaciones dietéticas, que incluyen productos o tratamientos destinados a pacientes con trastornos metabólicos congénitos.
Fuente: http://www.elmundo.es/elmundosalud/2012/04/24/noticias/1335261352.html
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